Una aerolínea anunció previamente a los pasajeros el aplazamiento del vuelo y señaló nuevas horas de salida y llegada. Pretendía que debían tenerse en cuenta los términos de esta nueva reserva para evitar las consecuencias de un gran retraso que daría derecho a los pasajeros a ser compensados económicamente. Trata este artículo de la sentencia dictada al respecto por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considerando que no se trata de una cancelación sino de un retraso, conforme a anteriores resoluciones relativas a la interpretación del Reglamento 261/2004, que debe determinarse según el horario inicialmente previsto, en interpretación del Reglamento 261/2004