La definición normativa del tratamiento penitenciario —bien como derecho de las personas privadas de libertad, bien como deber de las mismas— es problemática. La posición de inferioridad de quienes están presos provoca irremediablemente que su voluntariedad, aunque pretendida, sea muy cuestionada. Sin que el anterior aspecto haya sido resuelto, avanzamos en los últimos años a una situación en la que el tratamiento aparece como herramienta de solución para todo. Lo vemos de manera genérica, en relación con la prisión permanente revisable, y para delitos específicos, en relación con la violencia de género y la delincuencia sexual. Vayamos por partes. Exponemos primero el problema para ejemplificar cómo el mismo se ha ido extendiendo y consolidando.