Cádiz, España
La expansión de la inteligencia artificial desafía los marcos clásicos de la responsabilidad extracontractual y obliga al Derecho internacional privado a reinterpretar sus categorías. La dificultad de localizar el daño en entornos digitales, la imputación en ausencia de un autor humano claramente identificable y la insuficiencia material de la ley aplicable cuestionan la operatividad de criterios como la lex loci damni del Reglamento Roma II. El Convenio de La Haya de 1973 y el art. 10.9º del Código Civil español completan el entramado normativo, aunque con límites frente a daños derivados de sistemas autónomos y opacos. Las iniciativas europeas recientes —Directivas de 2022 sobre responsabilidad por productos defectuosos e IA, y el Reglamento de IA de 2024— buscan reforzar la protección material mediante responsabilidad objetiva, inversión de la carga probatoria y estándares de diligencia. El reto es articular la técnica conflictual con un contenido sustantivo suficiente, para que la reparación del daño no dependa de categorías pensadas para un mundo analógico.