Salamanca, España
La involución que se ha producido en España con la Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en abril de 2025 que establece la imposibilidad de reconocimiento de la filiación habida en el extranjero a través de gestación por sustitución, asumiendo la equivocada jurisprudencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, contrasta con los avances recientes que se han producido en Francia introducidos por las garantías que la Corte de casación francesa exige para que se puedan reconocer estas filiaciones en ese país, aplicando la cláusula del orden público internacional de forma mesurada y orientada al interés superior de los niños nacidos por gestación por sustitución.