En su sentencia de 18 de diciembre de 2025 (Latorre Atance c. España, demanda n.o 33818/22) el TEDH declara que se violó el artículo 6 §1 CEDH al dictarse por la misma Sala y Sección de la Audiencia Nacional sentencias contradictorias en un plazo relativamente breve y en relación con la misma cuestión jurídica y los mismos hechos. Determina también que hubo falta de motivación de las sentencias.