La sentencia del TEDH de 27 de noviembre de 2025 (asunto Europa Way S.r.l. contra Italia, demanda n.o 64356/19) declara que dicho Estado violó el artículo 10 del CEDH al establecer un marco legislativo y administrativo para el desarrollo de la televisión digital terrestre que no era previsible para la demandante, una compañía del sector de la comunicación audiovisual, marco que no proporcionaba salvaguardas adecuadas contra la arbitrariedad, tal y como exige el Estado de Derecho en una sociedad democrática, interfiriendo también en la libertad de expresión de la demandante consagrada en dicho artículo 10 CEDH.