Uwe Murmann
En este trabajo se ofrece una determinación más precisa del concepto de dolo con el fin de concretar el punto de partida subjetivo en la fundamentación de la tentativa y delimitar adecuadamente su ámbito de punición. Para ello, se recurre al concepto de «decisión» como elemento que constituye el específico contenido de injusto de la conducta dolosa. Esta decisión exige un compromiso del sujeto con la lesión del bien jurídico que es adoptado a partir de la exteriorización de la voluntad del autor. En este sentido, el sujeto estará evidentemente resuelto al hecho cuando lleve a cabo la conducta típica. En cambio, en los «actos preparatorios próximos al tipo» existe todavía la expectativa normativamente fundada de que el autor renuncie a su plan delictivo. Por tanto, en este caso solamente concurre el compromiso requerido cuando la voluntad de ejecución se mantiene hasta un momento inmediatamente anterior a la realización de la conducta ejecutiva, de forma que dicha expectativa queda desvirtuada. Finalmente, se pone de manifiesto la capacidad de rendimiento de la posición defendida para los casos de desistimiento de una tentativa provisionalmente fracasada.