Miguel-Ángel Franco-García, José Luis Rubido de la Torre
Tratamos en este artículo analizar algunas cuestiones, brevemente, dentro del maremagnum de resoluciones judiciales que se emitieron en la pandemia, de todo tipo, (orden penal, civil, social, contencioso-administrativo, constitucional) sin ahondar en decisiones administrativas, policiales, en las del ámbito legislativo y del poder ejecutivo, apuntando de manera indicativa, ad exemplum, algunos de los numerosos problemas causados en la vida cotidiana de los juzgados por causa del COVID-19 desde el inicio de la pandemia a nivel mundial en el mes de diciembre de 2019, hecho que cambió el panorama social ante la virulenta expansión y la crisis sanitaria global.Desde tales fechas –hace mas de 5 años— asistimos como espectadores a una legislación «motorizada», extensa, detallada, por vía de Decretos, Resoluciones, Órdenes Ministeriales, normativas fragmentarias autonómicas, compulsivas, etc con la insufrible tendencia de nueva moda hacia la hipérbole, especialmente en exposiciones de motivos de cada normativa, de extensión habitualmente superior a las partes dispositivas, incluso con contenido extrajurídico.Un evento muy importante fue el dictado de las sentencias del Tribunal Constitucional STC 148/2021 y STC 183/2021, las cuales limitaron los efectos jurídicos de la normativa legal (anulación parcial) en algunos aspectos de la pandemia, a tener en cuenta de cara al futuro, para la posible suspensión de derechos constitucionales, decidiendo el Alto Tribunal que el cauce legal no sería el estado de alarma, sino el de excepción en todo caso.La encrucijada actual pasaría por un desarrollo de la vetusta Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma, excepción y sitio.