El presente trabajo aborda la extensión de jurisdicción o la comarcalización de las Secciones de Violencia sobre la Mujer desde una perspectiva sistemática, integrando el marco constitucional y legal interno con los estándares internacionales derivados del Convenio de Estambul, la doctrina del Grupo de Expertos en la lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica (GREVIO), la normativa de la Unión Europea —en particular la Directiva (UE) 2024/1385—, así como los instrumentos técnicos elaborados por el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio Fiscal, el Ministerio de Justicia y la Abogacía, junto con las aportaciones de la sociedad civil organizada. Desde este enfoque multinivel, se sostiene que la comarcalización, cuando se diseña adecuadamente y se dota de medios suficientes, no supone una merma del principio de proximidad, sino que constituye un instrumento legítimo de especialización real, coherencia institucional y garantía de la tutela judicial efectiva, orientado a asegurar una protección coordinada y homogénea de las víctimas. Todo ello resulta plenamente coherente con el nuevo modelo de Tribunales de Instancia y con el paradigma de eficiencia y digitalización del servicio público de Justicia introducido por la Ley Orgánica 1/2025.