La ciberdelincuencia, en particular el phishing, ha experimentado un notable incremento en la sociedad digital. Este fenómeno ha motivado la reforma introducida por la Ley Orgánica 14/2022, que modifica el artículo 249 del Código Penal (CP) para regular de forma más precisa la estafa informática y armonizar la legislación española con las directrices europeas. El phishing, que consiste en obtener información confidencial mediante técnicas fraudulentas, presenta múltiples variantes —smishing, vishing, entre otras— y se ha sofisticado gracias al uso de nuevas tecnologías. El nuevo artículo 249 sanciona las conductas que provoquen transferencias no consentidas de activos patrimoniales con penas de seis meses a tres años de prisión. En el ámbito de la banca online, la jurisprudencia ha evolucionado desde eximir de responsabilidad a las entidades financieras hasta exigirles medidas de seguridad robustas, imponiéndoles responsabilidad civil cuando no las implementan. La ciberseguridad, apoyada en tecnologías como la inteligencia artificial, se revela esencial para mitigar estos delitos. Aunque la reforma supone un avance, el marco normativo debe seguir adaptándose a la evolución de la criminalidad digital, fomentando la cooperación internacional y medidas preventivas eficaces para proteger a los consumidores y la integridad del mercado digital.