Sevilla, España
La sentencia comentada plantea el debate respecto a si, una vez reconocida la prestación por riesgo durante el embarazo a una persona trabajadora, cabe suspender la misma por el hecho de que la empresa se haya visto compelida a suspender los contratos de trabajo por un cese de actividad derivado de fuerza mayor, como ocurrió durante la crisis sanitaria derivada de la COVID 19. Desde este punto de partida se plantea la vinculación entre el hecho causante de cada suspensión de contrato, por riesgo o por fuerza mayor, y las prestaciones de seguridad social a que da lugar, concretamente, por riesgo durante el embarazo y por desempleo, bajo el análisis de los bienes jurídicos protegidos en cada una de ellas, prestando atención al papel determinante de la protección de la maternidad en nuestro ordenamiento jurídico. Cada supuesto de suspensión parte de hechos causantes diferentes y la dinámica de cada una de las prestaciones, con especial hincapié en las causas legales que determinan su finalización.
The judgment analysis raises the question of whether, once maternity benefits have been granted to a worker, these benefits can be suspended because the company has been forced to suspend employment contracts due to a disruption of activity caused by force majeure, as occurred during the COVID-19 pandemic. Based on this premise, the analysis examines the relationship between the event that triggers the suspension of each contract—whether due to pregnancy risk or force majeure—and the resulting social security benefits, specifically those related to pregnancy risk and unemployment. This analysis focuses on the legally protected interests in each case, paying particular attention to the fundamental role of maternity protection in our legal system. Each suspension scenario stems from different triggering events and the dynamics of each benefit, with special emphasis on the legal grounds that determine its termination.