Se aborda la solución en el hecho penal de la aplicación del dolo eventual en las zonas grises fronterizas entre la conducta culposa y dolosa, cuya mera duda debería descartar la aplicación del dolo eventual que debería ceder ante el principio de culpabilidad, resultando inadmisible la presunción del dolo que posibilite eliminar sin más las exigencias probatorias del elemento cognitivo del dolo.