La solución de cuestiones de competencia territorial relacionadas con delitos patrimoniales cometidos a través de Internet ha enfrentado a la Sala 2ª del Tribunal Supremo a un complejo dilema jurídico, nacido tras la importación de las doctrinas penalistas de la ubicuidad de corte continental europeo como método para determinar el fuero territorial. A partir de tal penetración, surgirán teorías basadas, bien en la estricta aplicación de la ubicuidad, bien en la necesidad de corregir ésta mediante la aplicación de criterios correctores, tales como la facilidad investigadora, la conveniencia o funcionalidad de la elección del fuero, o bien en una regresión a los orígenes de la teoría de la ubicuidad a través del criterio de la sencillez de la investigación o la necesidad de acreditar la mejor condición para investigar frente a la complejidad del asunto. Ello ha traído como preocupante consecuencia el desvanecimiento de cualquier intento serio de encontrar una base sólida en la jurisprudencia que permita, bien evitar o reducir el impacto de la creciente conflictividad jurisdiccional, a modo de proliferación de interminables listas de resoluciones que llegan a contradecirse entre sí incluso en un mismo día, bien poder predecir el sentido de aquélla.