Mediante la disposición final primera del Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, se introduce una nueva ampliación de los plazos para la adaptación de los sistemas informáticos de facturación establecidos por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, pasando al 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y al 1 de julio de 2027 para resto de obligados tributarios.