La protección de las víctimas de violencia de género constituye hoy en día una preocupación central del Estado. En el presente artículo se analiza la posible responsabilidad de la Administración por fallos en el sistema de vigilancia telemática de las medidas de protección, examinando los requisitos legales, el deber de supervisión sobre los contratistas y la relación con los derechos fundamentales de las víctimas. Asimismo, se proponen mejoras normativas y organizativas orientadas a prevenir disfunciones y garantizar una reparación efectiva cuando el servicio público falla.