A pesar de las sentencias de los tribunales de la UE que confirman que el público tiene derecho a acceder tempranamente a los documentos relacionados con la elaboración de leyes, el camino está lleno de impedimentos, desde los retrasos injustificados hasta la denegación desde el primer momento y con excusas también injustificadas. En el acceso a los documentos legislativos en curso de elaboración, el interés público superior, que según el Reglamento (CE) n.o 1049/2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, prima sobre las excepciones allí contempladas, debe entenderse como una presunción que juega en favor del solicitante, invirtiéndose así la carga de la prueba, debiendo la institución concernida destruir la misma mediante una motivación reforzada (demostrar circunstancias verdaderamente excepcionales).