La introducción de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en el ordenamiento jurídico español, mediante el artículo 31 bis del Código Penal -incorporado por la LO 5/201 O y reforzado por la LO 1/2015- representó un cambio de paradigma en un sistema tradicionalmente basado en el principio societas delinquere non potest. En este artículo ofrezco un análisis doctrinal apoyado exclusivamente en la jurisprudencia española, en particular la del Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional, así como en la legislación vigente.
Se examina la evolución jurisprudencia! del concepto de culpabilidad en las personas jurídicas, centrando la atención en la interpretación judicial del artículo 31 bis del Código Penal.
En especial, analizo los siguientes aspectos: el criterio de imputación de culpabilidad como defecto de organización interna; la distribución de la carga de la prueba en estos casos, considerando el papel de los programas de cumplimiento y la eficacia eximente de modelos de organización y gestión adecuados; la compatibilidad de esta doctrina con el derecho a la presunción de inocencia de las personas jurídicas; y la distinción entre responsabilidad objetiva y reprochabilidad penal en el contexto de los entes colectivos.
Desde una perspectiva jurisprudencia! y doctrinal, se expone cómo el Tribunal Supremo ha desarrollado progresivamente una doctrina que exige, para la responsabilidad penal de la persona jurídica, la constatación de una culpabilidad propia. Esta no se entiende como intención subjetiva, propia de las personas físicas, sino como una carencia de controles adecuados dentro de la organización que haya permitido la comisión del delito. Asimismo, se examinan los pronunciamientos del Tribunal Constitucional que consolidan un enfoque garantista, reafirmando la vigencia del principio de culpabilidad y la prohibición de la responsabilidad objetiva incluso en el ámbito penal de las personas jurídicas.
The introduction of corporate criminal liability into the Spanish legal system through Article 31 bis of the Criminal Code-added by Organic Law 5/2010 and reinforced by Organic Law 1/2015-marked a paradigm shift in a system traditionally governed by the principie "societas delinquere non potest". This article provides a doctrinal analysis based exclusively on Spanish case law, particularly rulings from the Supreme Court and the Constitutional Court, as well as current legislation. lt explores the jurisprudential evolution of the concept of corporate culpability, focusing on how courts have interpreted Article 31 bis of the Criminal Code.
Specifically, it examines: the attribution of culpability through organizational failure; the allocation of the burden of proof in such cases, including the role of compliance programs and the exonerating effectiveness of appropriate organizational and management models; the compatibility of this doctrine with the presumption of innocence for legal entities; and the essential distinction between strict liability and penal blameworthiness in the context of collective entities.
From both doctrinal and jurisprudential perspectives, the article outlines how the Supreme Court has progressively built a doctrine requiring corporate criminal liability to be based on a distinct form of culpability-not psychological intent, which pertains solely to natural persons, but rather a lack of adequate interna! controls within the organization that enabled the offense. lt also reviews decisions from the Constitutional Court that reinforce a protective framework, affirming the applicability of the principie of culpability and the prohibition of strict liability even in corporate criminal law.