El presente trabajo analiza la reciente sentencia 78/2025, de 27 de enero (Recurso núm. 1289/2023), en la que el Tribunal Supremo, a partir de un caso concreto, en el que se produce la continuación de la prestación de servicios por parte de la empresa contratista luego de haber expirado el contrato de adjudicación, se pronuncia sobre la situación jurídica de estos servicios y la normativa que le es aplicable, para finalmente establecer el día inicial para el cómputo de los intereses de demora; todo esto, además, en relación con una sentencia emitida por el propio Tribunal en el año 2020, en la cual si bien establece el día inicial para el cómputo tomando como referencia un acontecimiento distinto, aclara que no son los mismos supuestos, resaltando las particularidades esenciales que se presentan en este caso, que lo hacen diferente.
This paper analyses the recent judgment 78/2025, dated January 27 (Appeal No. 1289/2023), in which the Supreme Court, based on a specific case where the contractor continued providing services after the award contract had expired, addresses the legal status of these services and the applicable regulations.
The Court ultimately establishes the starting point far calculating late payment interest. This is considered in relation to a judgment issued by the same Court in 2020, which, while establishing a different starting pointfor calculating interest based on a different event, clarifies that the circumstances are not identical, highlighting the essential differences in the current case.