Uno de los pilares de la profunda reforma que acomete la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia (LOEJ) es el protagonismo que, a efectos de conseguir la eficiencia procesal, se concede a los medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional (MASC). En el presente estudio, se analiza críticamente la regulación de los MASC en la LOEJ, así como el tratamiento procesal que se les da en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) tras la reforma de la LOEJ. Con este análisis crítico se pretende cuestionar, desde una perspectiva de técnica jurídica procesal, algunas de las reformas, a la vez que reflexionar sobre algunas posibles soluciones a los múltiples problemas prácticos que en la realidad de los tribunales civiles ya se están planteando.
One of the pillars of the profound reform undertaken by Organic Law 1/2025, of January 2, on measures for the efficiency of the Public Service of Justice (LOEJ), is the importan ce given to alternative dispute resolution (ADR) for the purposes of achieving procedural efficiency. This study critically analyzes the regulation of ADR in the LOEJ, as well as the procedural treatment given to them in the Civil Procedure Law (LEC) following the reform of the LOEJ. This critical analysis aims to question, from a procedural legal technique perspective, sorne of the reforms, while also reflecting on possible solutions to the many practical problems that are already arising in the civil courts.