Un Ayuntamiento adjudica un contrato a la empresa A. Interpuesto recurso especial, el tribunal declara que esta oferta debió inadmitirse, por lo que el Ayuntamiento adjudica el contrato a la empresa B. Recurrida judicialmente la decisión del tribunal especial, la jurisdicción ordinaria declara el derecho de A a resultar adjudicataria del contrato. Cuando se dicta la sentencia, el contrato ya se ha ejecutado. Se discuten dos aspectos: ¿en qué cuantía debe compensarse a A; ¿quién debe abonar la indemnización (el Ayuntamiento o el Tribunal especial)?