María Acale Sánchez
, Diego Boza Martínez
En este trabajo se aborda la protección de la imagen dentro del Código penal, un tema que, a pesar de ser clásico, afronta nuevos retos dada la actualidad que ha recobrado al entrar dentro del radio de acción de las tecnologías de la información y de la comunicación que no solo amplifican el daño que sufre, sino que facilitan la comisión de estas conductas hasta el punto de haberlas convertido en hechos cotidianos. La confrontación entre lo cásico del interés a proteger y la novedad de las conductas, permite plantearse hoy si no sería viable una reestructuración y nueva sistematización de las figuras delictivas con las que cuenta el Código penal español a los efectos de optimizar la intervención. En particular, se someterá a estudio la posibilidad de considerar a la imagen como un bien jurídico protegido en sí mismo considerado, superando la actual visión que desde los primeros Códigos penales se tiene de ella: esto es, la de un mero objeto -material- sobre el que residen los bienes jurídicos que le trascienden como el honor, la intimidad o la libertad sexual. Las propuestas que se harán a continuación parten de la identificación de un conjunto de factores criminológicos, victimológicos y sociológicos cuyo desbroce puede contribuir a prevenir episodios delictivos futuros.
This paper examines the protection of image rights within the Spanish Criminal Code. While a classic topic, it faces new challenges given its renewed relevance in the context of information and communication technologies. These technologies not only amplify the harm suffered but also facilitate the commission of related offenses, to the point of making them commonplace. The clash between the traditional interest to be protected and the novelty of these behaviors prompts a contemporary re-evaluation: would a restructuring and new systematization of the criminal offenses in the Spanish Criminal Code be viable to optimize intervention? Specifically, this study will explore the possibility of considering image as a protected legal interest in itself, moving beyond the current view held since the earliest Criminal Codes. This traditional perspective treats image as merely a material object upon which transcendent legal interests—such as honor, privacy, or sexual freedom—reside. The proposals put forth in this paper stem from identifying a set of criminological, victimological, and sociological factors, the analysis of which can contribute to preventing future criminal incidents.