Javier Prieto Ruiz
El Tribunal Supremo ha reconocido en 2025 el derecho de los no residentes a aplicar el límite conjunto del artículo 31 LIP, al apreciar una restricción injustificada a la libre circulación de capitales. La doctrina plantea cuestiones pendientes (referencia de renta sin IRPF español, posible cómputo del IRNR y equivalencia de impuestos extranjeros) que evidencian la necesidad de una reforma normativa para adaptar el Impuesto sobre el Patrimonio a la tributación transfronteriza.