Ir al contenido

Complemento por maternidad y cuantía en caso de percepción de la pensión contributiva máxima: para las personas beneficiarias de la pensión contributiva máxima del artículo 57 LGSS el cálculo del importe del complemento por maternidad o aportación demográfica toma necesariamente como referencia dicha pensión máxima en lugar de la superior base reguladora de la pensión contributiva objeto de complemento: STS, 4ª, 3-7-2025, rcud 3313/2024. Ponente: Ignacio García-Perrote Escartín


Mi Ágora

Opciones de artículo

Opciones de compartir

Opciones de entorno

© 2026 INAP - Todos los derechos reservados