Una autoridad judicial no puede denegar la ejecución de una orden de detención europea y asumir ella misma la ejecución de la pena sin el consentimiento del Estado que la ha emitido: (STJ GS 4 de septiembre de 2025, as. C–305/22: C.J.)
Localización:La Ley Unión Europea, ISSN-e 2255-551X, número 141, 2025 (Ejemplar dedicado a: Discriminación indirecta en el empleo y por Asociación de las personas con discapacidad)