Nilo Jääskinen
La orden de detención europea es un procedimiento judicial simplificado, contemplado en el Derecho de la Unión, que permite la detención de una persona en el Estado miembro en el que se encuentra y su entrega al Estado miembro que ha emitido la orden para que se la enjuicie o para que cumpla la pena que se le haya impuesto. En este ámbito, los principios de confianza y reconocimiento mutuos constituyen las bases de la cooperación judicial en materia penal y consagran una norma importante: los Estados miembros están obligados a ejecutar toda orden de detención europea. Por tanto, la ejecución de dicha orden solo puede denegarse excepcionalmente. En esta sentencia, el Tribunal de Justicia explica por qué la denegación de la ejecución de una orden de detención europea a fin de ejecutar la pena en el Estado en el que reside la persona contra la que se dirige dicha orden solo es válida si la autoridad judicial de ejecución se atiene a los requisitos y al procedimiento para el reconocimiento de la sentencia condenatoria y para la asunción de la ejecución de dicha pena, que se contempla en otra normativa de la Unión.