Valencia, España
El conocido como seguro decenal es un seguro obligatorio en la edificación que cubre la responsabilidad por los daños estructurales que puedan surgir en la obra, pudiendo tomar la forma de seguro de daños materiales, de caución o como garantía. Con carácter general, el promotor será el tomador del mismo y también será el asegurado hasta que se produzca una transmisión del inmueble. En ese caso, serán los sucesivos adquirentes en el plazo de diez años desde la recepción de la obra sin reservas los que ostenten la posición de asegurado. Esta sucesión de asegurados ha comportado cierta problemática, resuelta recientemente por el Tribunal Supremo al aclarar que solo el asegurado en el momento en que se aprecie el vicio o defecto de carácter estructural podrá actuar contra la aseguradora exigiéndole una indemnización. Asimismo, en el presente artículo se tratan las excepciones a la obligatoriedad de la contratación del seguro decenal.
The decennial insurance is a compulsory insurance in construction that covers liability for structural damage that may arise in the building work. It may take the form of a damage insurance, a surety insurance or a personal guarantee. In general, the developer will be the policyholder and will also be the insured party until the property has been transferred. In this case, the successive acquirers within a period of ten years from the unconditional acceptance of the work will hold the position of the insured party. This succession of insured parties has led to certain problems, which have recently been resolved by the Supreme Court, which has clarified that only the insured party at the time when the structural defect or fault is detected may take action against the insurer to claim compensation. This article also discusses the exceptions to the obligation to take out the decennial insurance.