Se analiza esta sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que aborda con especial claridad el alcance de la responsabilidad penal en supuestos de agresiones colectivas donde uno de los participantes causa un resultado especialmente grave —en este caso, una tentativa de asesinato mediante el uso de un arma blanca—. El fallo reafirma un principio consolidado en la jurisprudencia penal española: la responsabilidad penal es personal e intransferible, y solo puede derivarse hacia quienes, con conocimiento y voluntad, participan en la acción con el propósito de alcanzar el resultado típico. En ausencia de un dolo compartido o de una actuación concertada, no puede extenderse la calificación de tentativa de asesinato a quienes se limitaron a participar en una pelea sin intención homicida.