Cuando en un litigio se discuten cuestiones de responsabilidad parental relativas a un menor residente en un Estado no miembro de la UE y se ponen en funcionamiento normas de competencia judicial internacional distintas a las del Reglamento 2019/1111, surgen zonas de fricción entre este y al Convenio de La Haya de 1996 (v. gr., la proyección en el tiempo de la cláusula de sumisión en favor de un tribunal de un EM cuando hay cambio de residencia), problemas de implementación derivados del hecho simple de que la LEC no piensa en términos de litigación internacional (v. gr., cuando el demandante es el ministerio fiscal) o de funcionamiento de la LOPJ (el juego de los foros residuales). A estas cuestiones se presta atención en las siguientes páginas.
When a dispute involves issues of parental responsibility relating to a child resident in a non-EU Member State and international jurisdiction rules other than those of Regulation 2019/1111 are applied, areas of conflict arise between the latter and the 1996 Hague Convention (e. g., the temporal projection of the prorrogation clause in favor of a Member State’s court when there is a change of residence), implementation problems that arise from the simple fact that the LEC is not conceived in terms of international litigation (e. g., when the plaintiff is the public prosecutor) or the functioning of the LOPJ (residual forums). These issues are addressed in the following pages.