Se establece un Estatuto específico para municipios rurales de Cataluña, definiéndolos como aquellos con menos de 2.000 habitantes. Asegura su financiación y servicios, fomenta el arraigo, y previene el despoblamiento mediante medidas económicas, educativas, de vivienda y servicios públicos. También, incentiva la autonomía local y facilita la colaboración interadministrativa en beneficio de estos municipios.