José Antonio Moreno Molina
, Isabel Gallego Córcoles
, Francisco Eusebio Puerta Seguido
, Jesús Punzón Moraleda 
A parte del análisis de interesantes resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia, destaca en este trabajo la sentencia del TJUE de 13 de marzo de 2025, asunto Qingdao. Concluye que la Directiva 2014/24 no garantiza el acceso de empresas de terceros países que no han firmado acuerdos con la UE a los procedimientos de adjudicación de contratos públicos en la Unión y que todo acto de alcance general que tenga por objeto específico determinar las modalidades de exclusión o de acceso de los operadores económicos de un tercer país es competencia exclusiva de la UE. Sobre los efectos para el Derecho español de la sentencia Qingdao y la interpretación del artículo 68 de la LCSP se pronuncia la Recomendación de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado de 17 de julio de 2025.