La reforma del artículo 15 de la Ley 52/1997, operada por el Real decreto ley 8/2023, ha introducido un nuevo criterio de competencia territorial aplicable a los procesos civiles con participación de entidades del sector público institucional. Este artículo analiza el alcance de la modificación, su aplicación a las entidades autonómicas, y las implicaciones prácticas en la defensa jurídica. Se propone una interpretación sistemática que refuerza la seguridad jurídica y la eficiencia procesal.