Gino Martin Valenti
El presente artículo analiza la demanda promovida por una consumidora contra la empresa fabricante de una bebida gaseosa que, al momento de su adquisición, presentaba cuerpos extraños en su interior, habiéndose alterado su contenido. En razón de ello, reclamó los daños y perjuicios sufridos, aun cuando decidió no consumirla. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Quinta Nominación de la ciudad de Córdoba, mediante la aplicación del Estatuto del Consumidor, resolvió responsabilizar a la empresa proveedora. Consideró que el producto fue puesto en el mercado en condiciones que implicaban un riesgo para la salud de los consumidores, contrario al deber de seguridad que pesa sobre el proveedor. Es que, en las relaciones de consumo, la protección del derecho a la salud ocupa un rol central, dado que se trata de un derecho fundamental que no admite estándares mínimos, sino una tutela reforzada.
This article discusses a lawsuit filed by a consumer against the manufacturer of a soft drink that was found to contain contaminating materials and had its contents altered at the time of purchase. Although the consumer chose not to drink it, she sought compensation for the da-mages she suffered. The Civil and Commercial Court of Appeals (Fifth Chamber) in Córdoba held the company liable under consumer protection laws. The court emphasized that the pro-duct had been released into the market in a condition that posed a risk to consumers’ health, violating the supplier’s duty to ensure safety. In consumer relations, the right to health plays a central role and requires stronger safeguards, not just adherence to minimum legal standards.