La Directiva (UE) 2022/542 introdujo, con efectos desde el 1 de enero de 2025, importantes modificaciones en la Directiva 2006/112/CE (norma que establece el marco para el IVA en la UE) que afectan a las reglas de localización relacionadas con el acceso a eventos y manifestaciones culturales, artísticas, deportivas, científicas, educativas, recreativas o similares, cuando la asistencia a estos eventos sea virtual. Así, a partir del 2025, la nueva regla establece que los servicios de acceso virtual a los citados eventos estarán sujetos al IVA en el lugar donde se encuentre establecido el destinatario. Hasta la fecha, y a pesar de estar obligada a ello, España todavía no ha transpuesto estas nuevas reglas en su normativa interna. En el presente artículo se analizarán las nuevas reglas de localización y la incidencia que tiene, para las universidades españolas, la falta de transposición de dichas reglas en la Ley del IVA.