La sentencia de 6 de marzo de 2025 en el asunto C-575/23 constituye el primer pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea planteado a la luz de los ar tícu los 18 a 23 de la Directiva 2019/790, los cuales introdujeron nuevas normas en materia de remuneración de autores y artistas in-térpretes y ejecutantes a cambio de la transmisión de sus de-rechos de explotación. El TJUE aclara que estas disposiciones son también aplicables a los efectos futuros de los contratos de licencia o de cesión celebrados antes de la fecha límite para su transposición en los Estados miembros. Por otra parte, el TJUE afirma con rotundidad que el Derecho de la Unión Europea se opone a una normativa nacional que establece la cesión, por vía reglamentaria, para su explotación por el empleador, de los derechos afines de los artistas intérpretes o ejecutantes contratados como personal estatutario, por las prestaciones realizadas en el desempeño de sus funciones al servicio de dicho empleador, y sin el consentimiento previo de estos últimos.
The Judgment of 6 March 2025 in Case C-575/23 is the first ruling of the Court of Justice of the European Union in the light of Articles 18 to 23 of Directive 2019/790, which introduced new rules on the remuneration of authors and performers in exchange for the transfer of their exploitation rights. The CJEU clarifies that these provisions are also applicable to the future effects of licensing or assignment contracts concluded before the deadline for their transposition in the Member States. In addition, the CJEU states categorically that European Union law precludes national legislation which provides for the as-signment, by means of a regulatory act, for the purpose of exploitation by the employer, of the related rights of performers engaged under an administrative law statute, in respect of the performances carried out in the context of their service to that employer, without the prior consent of those performers.