Se analiza por el TJUE una normativa nacional italiana en virtud de la cual el poder adjudicador podía modificar una concesión durante su período de vigencia, en lo referente a la persona del concesionario y al objeto de esa concesión, sin iniciar un nuevo procedimiento de adjudicación de concesión; y también proceder a la modificación de la concesión sin haber evaluado la fiabilidad del concesionario en unas circunstancias en las que este último ha incurrido o se sospecha que ha incurrido en incumplimiento contractual grave.