Determinada administración declara la prohibición de contratar de tres empresas. Solo una vez que esta resolución ha sido impugnada ante la jurisdicción contencioso-administrativa, la misma Administración declara la caducidad del procedimiento por el que se impuso la prohibición de contratar. Se discute si el órgano jurisdiccional competente para resolver el recurso contencioso-administrativo debe valorar la existencia de dicha caducidad o, por el contrario, sin analizar esta, puede dictar una sentencia sobre el fondo del asunto.