Dos SSTS, de 2024, abordan importantes cuestiones relacionadas con el principio de interdicción de la regresión en la ordenación territorial y urbanística desde el punto de vista ambiental (minoración de la protección por reviviscencia del planeamiento declarado nulo) y la naturaleza misma, fáctica, de la regresión. Se da cuenta de ellas aquí, no sólo porque así lo justifica de suyo la trascendencia de todo lo relacionado con el principio de no regresión como criterio de medida del correcto ejercicio de la potestad de planeamiento, sino también por las precisiones que introduce: la primera de ellas sobre la controvertida cuestión del alcance de la declaración de nulidad de los planes (la cual el Tribunal Supremo solo admite hasta ahora modular) y la segunda sobre la necesaria apreciación de la infracción o no del principio de regresión por una ordenación territorial-urbanística a partir y sobre la base de los datos fácticos. Junto a ellas se analiza igualmente la Sentencia igualmente del Tribunal Supremo, de 2023, sobre el régimen de la zona de influencia del dominio público marítimo-terrestre, por la reactivación de la invocación de dicho régimen por la Administración General del Estado en los procesos de planeamiento territorial y urbanístico. Sin perjuicio de su referencia al régimen transitorio de la Ley de costas, el fallo judicial fija los criterios competenciales y sustantivos implicados en la aplicación del régimen de la zona de influencia, que obviamente son de interés en todos los municipios costeros.