Se analizan las circunstancias del delito de absentismo escolar del artículo 226 del Código Penal en virtud del cual los progenitores realizan una conducta omisiva al no llevar a los menores al centro escolar o desoír los requerimientos, tanto de los servicios sociales, como del centro escolar respecto a la ausencia a clase de los hijos/as. Se desarrollan los requisitos para la configuración de este delito del artículo 226 en cuanto a esa conducta omisiva de los progenitores y, en concreto, también se incluye si la conducta del «homeschooling» o «enseñanza en casa» es constitutiva de este tipo penal, o se deja a la sanción administrativa su castigo. Se trata, también, de la preceptiva pena de alejamiento que se impone en estos casos.