El acierto que ha supuesto la incorporación de un auténtico derecho preconcursal en nuestro ordenamiento jurídico es indiscutible. La mayoría de los planes de reestructuración cumplen con su función de prevenir o permitir superar las situaciones de insolvencia y, en gran medida, han sustituido los concursos de acreedores de continuidad (convenios) a través de la anticipación, el consenso y la desjudicialización. En este artículo queremos compartir una reflexión sobre el fracaso que en la actualidad sigue siendo el concurso de acreedores liquidativo o sin masa de entidades mercantiles, como último refugio para nostálgicos de un procedimiento que fracasó, y plantear las oportunidades y dificultades que puede presentar una liquidación ordenada acordada en sede de un plan de reestructuración, en lo que sería un nuevo e importante avance para nuestro derecho de la insolvencia.
The success of incorporating a genuine pre-insolvency regime into our legal system is indisputable. Most restructuring plans fulfil their function of preventing or allowing the overcoming of insolvency situations and, to a large extent, have replaced continuity insolvency proceedings (creditors’ agreements) through anticipation, consensus, and de-judicialization. In this article, we want to share a reflection on the failure that the liquidation insolvency for commercial entities still represents today, as a last refuge for nostalgic of a procedure that failed, and to discuss the opportunities and challenges that an orderly liquidation agreed within a restructuring plan might entail, which would represent a new and significant advancement for our insolvency law.