Las conocidas como cooperativas sociales se han expandido por muchas de las legislaciones cooperativas de todo el mundo, llegando también a España, donde se encuentran reguladas en todas las leyes de cooperativas. Sin embargo, su incorporación a todas estas legislaciones ha sido desigual, adoptando diferentes denominaciones, no pudiendo desarrollar las mismas actividades ni los mismos servicios, viéndose sometidas a regímenes económicos diversos y permitiendo la participación de diversos grupos de personas en su estructura interna. En este trabajo se analizará cómo son recogidas estas figuras por las distintas legislaciones cooperativas tanto en el ámbito español como en el internacional, con el objetivo de extraer de su definición jurídica estricta unas características comunes que nos permitan diferenciarlas con respecto al resto de cooperativas.