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Declaración de concurso y prescripción de las acciones frente al empresario deudor: la declaración de concurso conlleva, de conformidad con el artículo 155.1 LC, la interrupción de la prescripción de las acciones frente al deudor por créditos anteriores a la declaración, incluidas desde luego las acciones de los trabajadores frente al empresario deudor, siendo irrelevante que la declaración del concurso pueda ser simultánea a su conclusión: STS, 4ª, 9-4-2025, rcud 3654/2022. Ponente: Ángel Blasco Pellicer


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