Tomás Vidal Marín
La Ley 19/2022, de 30 de septiembre, ha reconocido personalidad jurídica al Mar Menor y su cuenca, introduciendo en nuestro Derecho, y consecuentemente en Europa, un paradigma interpretativo ecocéntrico en lo que a la protección del medio ambiente se refiere, considerando a dicho ecosistema titular de derechos en beneficio propio. El Tribunal Constitucional ha considerado conforme con la Constitución el referido cambio de paradigma en la reciente STC 142/2024, de 20 de noviembre. Sin embargo, la fundamentación ofrecida por el máximo intérprete de la Constitución en este pronunciamiento no tiene la solidez que es dable esperar del máximo intérprete de la Constitución cuando se trata de justificar una cuestión tan relevante como es el cambio de paradigma en la interpretación de los derechos, concretamente del derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado.