La derogación del Real Decreto-ley 7/2025 por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico, supone un retorno a un vacío regulatorio para algunas cuestiones y plantea interrogantes respecto a derechos adquiridos y tramitaciones en curso instadas al amparo de una norma ahora derogada. Abordamos a continuación los criterios de derecho transitorio que deben aplicarse en defecto de previsión legal específica y realizamos un análisis casuístico de algunas previsiones del Real Decreto-ley 7/2025 que mantienen su eficacia tras la derogación.