Miguel Angel Tenas Alós
Hace poco, el Tribunal General de la Unión Europea, en los casos T-1103/23 y T-1104/23, dictó sentencia anulando resoluciones de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO). En las resoluciones anuladas, EUIPO había entendido que la compañía automovilística Ferrari no había realizado un uso efectivo de la marca Testarossa por un período de cinco años consecutivos, en relación a automóviles, componentes, modelos en miniatura y accesorios. La clave de la cuestión quedó determinada en cuál debe ser el derecho conferido por el registro de una marca y la consideración de uso efectivo, siendo este último concepto de vital trascendencia.