El artículo analiza la evolución del TEDH sobre la libertad de expresión parlamentaria a partir de los casos Karácsony (2016) e Ikotity (2023). En Karácsony se apreció vulneración del artículo 10 CEDH por sanciones sin garantías, mientras que en Ikotity se consideró legítima la limitación por existir procedimiento contradictorio y sanción proporcionada. Ikotity marca un giro hacia un enfoque institucional que equilibra la expresión individual con el orden parlamentario, destacando que la libertad de expresión no es absoluta y puede someterse a límites formales previsibles y proporcionales. El TEDH ofrece así una guía normativa para compatibilizar el debate democrático con la disciplina interna de los parlamentos.