María del Puerto Solar Calvo
En otros trabajos hemos hablado de las incongruencias jurídicas que plantea la prisión permanente revisable. Ahora, tomando como referencia la STS 846/2024, de 9 de octubre, que propone el indulto parcial de la pena de prisión permanente revisable y su sustitución por una pena privativa de libertad que no sobrepase los veinte años y un día, nos preguntamos si sería posible aplicar el instrumento del indulto a la prisión permanente de manera sistemática(*). Ello en la búsqueda de herramientas que permitan mitigar el alejamiento de la prisión permanente del principio de proporcionalidad penal y el mandato resocializador.