Materia: Título de imputación; responsabilidad patrimonial; antijuridicidad; causalidad; sistema policéntrico; dinámica del suceso; prueba.
Actuación recurrida: El padre de la menor damnificada recurre por la desestimación presunta de la reclamación de responsabilidad patrimonial debido a las lesiones sufridas en las piernas por la caída de su hija en el hueco sin señalizar de una arqueta sin tapa, dentro del aparcamiento municipal cercano a la playa, un 4 de junio a las seis de la tarde.
En sede administrativa, el plazo de resolución quedó suspendido con el requerimiento para subsanar y completar la reclamación (art. 22.1.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, LPACAP) con aspectos esenciales para su tramitación, tales como acreditar la legitimación (tutoría de la menor), detallar las circunstancias del suceso, evaluar orientativamente los daños a efectos, en su caso, de recabar dictamen del Consejo de Estado, e indicar las pruebas para acreditar tanto los hechos como la relación de causalidad entre los daños y funcionamiento normal o anormal de un servicio público (art. 67 LPACAP). El requerimiento no fue del todo cumplimentado, y el Ayuntamiento no comunicó ni la advertencia previa a declarar la caducidad (art. 95 LPACAP) ni declaró el desistimiento (arts. 21.1 y 68.1 LPACAP), antes de llegar la demanda jurisdiccional.
Resolución: Sentencia N.o 63/2025, de 20 de marzo, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo núm. 2 de Santander.