La cláusula general de competencia constituye una técnica fundamental en la determinación de las competencias de los municipios. A través de una interpretación conjunta de las normas contenidas en los artículos 25-1.º y 7-4.º de la LBRL de 1985 es posible afirmar su pervivencia en dicho texto legal después de la reforma operada en sentido restrictivo por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL).