Daniel Toda Castán
La nueva atribución de competencias en materia de violencia sexual a las secciones de violencia sobre la mujer de los recién creados tribunales de instancia da lugar a un solapamiento con las competencias de las nuevas secciones de violencia contra la infancia y la adolescencia. El presente artículo argumenta que dicho solapamiento se ha de resolver en favor de las secciones de violencia contra la infancia, a través de la interpretación literal de las disposiciones que entran en juego, teniendo en cuenta su finalidad y contexto. Se consigue así evitar la fracturación de competencias en órganos judiciales diferentes y se consigue un mejor cumplimiento con el principio de igualdad, sin quebrantar ninguna obligación internacional.