Ciudad Real, España
En la cuantificación del daño moral derivado de delitos dolosos, como el delito de odio por pertenencia a una nación, la jurisprudencia reciente tiende a dejar de aplicar el Baremo Circulatorio, centrándose en criterios como la gravedad de los hechos, el impacto emocional y las circunstancias personales de las víctimas. Se evalúan factores como la irreversibilidad del daño, el estado de las víctimas antes y después del delito, y sus testimonios durante el juicio. Además, se tiene en cuenta la humillación pública y el sufrimiento psicológico. Esta flexibilidad permite a los jueces determinar indemnizaciones justas y proporcionales según cada caso.